Volvemos a insistir en este punto, ya que muchas empresas creen cumplir con la LOPD y no cumplen correctamente. Normalmente no por que ellas no quieran, si no porque les han realizado una incorrecta adecuación a la normativa.
Entre las principales obligaciones derivadas de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), sin que el siguiente listado sea una relación completa sino meramente informativa, es necesario señalar las siguientes:
- Recabar de los interesados o afectados el consentimiento previo.
- Declarar e inscribir los ficheros de datos personales en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos.
- Implantación de medidas que salvaguarden la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos.
- Redactar un Documento de Seguridad.
- Suscribir un contrato de comunicación / confidencialidad de datos con todas aquella empresas o profesionales a la que se le comuniquen o puedan tratar nuestros datos.
- Implantación de mecanismos para asegurar el ejercicio efectivo de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).
- Adecuar todas las comunicaciones corporativas en general a la normativa.
- Realizar auditorías periódicas para la verificación de las medidas de seguridad.
- Establecer procedimientos que permitan a la empresa acreditar de manera fehaciente el cumplimiento adecuado de la legislación aplicable en cada caso.