Un estudio advierte a las empresas que no están preparadas para la nueva legislación. Una de cada diez empresas conserva todos o una parte de archivos con datos personales sin tener en cuenta la legalidad. El nuevo Reglamento entró en vigor en mayo de 2016 y hay un periodo de adaptación hasta el 25 de mayo de 2018.
Si ahora se aplicase el Reglamento General de Protección de Datos, más del 40% de las empresas medianas que operan en la Unión Europea pagarían alguna multa por infringirlo. Por suerte para estas empresas, hay un margen de dos años para adaptarse y poder cumplirlo.
Un estudio lo deja claro: cuatro de cada diez empresas no tratan nuestros datos correctamente. Y un 11% de empresas medianas (las que cuentan entre 250 y 2.500 trabajadores) conservan una parte o todos los archivos con datos personales sin tener en cuenta la legalidad de su país. Este estudio también indica que las empresas fundadas hace 10 años o más tienen más probabilidades de estar cometiendo un delito por ser más antiguas.
Nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
El artículo 23 del nuevo Reglamento específica que hay que tener en cuenta los periodos de almacenamiento para todo tipo de información, des del momento en el que se crea. Las empresas que no cumplan con la legislación podrán ser multadas con hasta un 4% de su facturación anual o 20.000.000 €.
En España la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), ley actual, será adaptada al Reglamento General de Protección de Datos, NO se derogará.
Todas las empresas, autónomos, comunidades de vecinos, asociaciones y administraciones, públicas y privadas, deberán estar adaptadas y cumpliendo antes de que llegue el 25 de mayo de 2018, día en que se aplicará el nuevo Reglamento General europeo de Protección de Datos.