Hoy queremos dar a conocer la existencia de un Reglamento que regula los datos mixtos y los datos no personales.
Un dato mixto contiene datos de carácter personal y no personal. Algunos ejemplos de datos mixtos son:
– la relación de las matrículas con el nombre del propietario.
– los datos bancarios con información de transacciones.
– aquellos casos en el que la IP identifica a un usuario determinado, etc.
El Reglamento (UE) 2018/1807 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de noviembre de 2018 relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea es la primera norma que regula la circulación de datos no personales en todo el mundo y pretende establecer el control de estas.
Si realizamos una comparación sobre el tráfico de datos, estamos en una proporción de 1 dato personal a 10.000 datos no personales, y dentro de 5 años, estaríamos hablando de 1/1.000.000.
Este reglamento tiene por objeto garantizar la libre circulación en la Unión de datos que no tengan carácter personal mediante el establecimiento de normas relativas a los requisitos de localización de datos, la disponibilidad de los datos para las autoridades competentes y la portabilidad de datos para los usuarios profesionales. Su finalidad es preservar ésta libertad garantizando que la localización acordada pueda situarse en cualquier lugar de la Unión.
Al mismo tiempo, la movilidad de los datos en la Unión también está inhibida por restricciones privadas: cuestiones jurídicas, contractuales y técnicas que obstaculizan o impiden a los usuarios de los servicios de tratamiento de datos trasladar sus datos de un proveedor de servicios a otro o a sus propios sistemas informáticos, especialmente en el momento en que finalice su contrato con un proveedor de servicios.
En conclusión, ambos Reglamentos buscan garantizar una libre circulación de datos, con los controles suficientes y una garantía de los Derechos Humanos.