¿Que son los datos biométricos?
Son aquellos datos obtenidos a partir de un tratamiento técnico específico, relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona física que permitan o confirmen la identificación única persona.
Los datos biomédicos son considerados datos de carácter personal ya que nos permiten identificar y asociar con una única persona.
¿Es la huella dactilar un dato de carácter personal? ¿Y los rasgos faciales?
La huella dactilar nos permite identificar a una única persona, por lo que, está claro que es un dato de carácter personal, por tanto deberemos guardar especial cuidado si tratamos esta categoría especial de datos personales y asegurarnos que cumplimos las normativas actuales de Protección de Datos. La huella dactilar es el sistema más utilizado para el control de presencia.
A través de la cara se puede identificar a una persona, por lo que las características físicas de la cara son consideradas datos de carácter personal.
¿Cómo debemos tratar los datos biométricos según el RGPD?
El Reglamento General de Protección de Datos considera los datos biométricos como datos “Especialmente Protegidos”, por lo que deberán cumplir unas normativas para a su tratamiento:
– El afectado deberá otorgar su consentimiento explícito, con la finalidad del tratamiento de sus datos especificada.
– Es obligatorio realizar una evaluación de impacto del sistema que se usará para el tratamiento.
– Obligatorio realizar un registro de las actividades de tratamiento que se efectúen bajo la responsabilidad de la entidad. Este registro deberá contener los datos de contacto, los fines del tratamiento, la descripción de los datos personales tratados y los plazos previstos para la suspensión de dichos datos.
El nuevo reglamento reclama una especial protección para esta categoría de datos. Aconsejamos que si tienen cualquier duda o consulta sobre el tratamiento de los datos biométricos no duden en contactar con nuestra consultoría.