Desconocer la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), o conocerla pero no querer adaptarse a esta, puede llevarle a sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que pueden ir de los 900 € hasta los 600.000 € a cualquier empresa, autónomo o entidad.
Clasificaremos algunas de las posibles sanciones según su gravedad:
Sanciones leves (de 900 a 40.000 €)
- No comunicar el registro mercantil en su página web.
- Enviar publicidad vía email, o a través de otra vía de comunicación electrónica, a destinatarios que previamente no han autorizado recibir dichas comunicaciones.
- No facilitar la información requerida a la Agencia Española de Protección de Datos.
- No registrar los ficheros con datos personales.
Sanciones graves (de 40.001 a 300.000 €)
- No modificar o corregir datos de carácter personal cuando estos errores pueden dañar los derechos de las personas afectadas.
- No cooperar en una inspección de la Agencia Española de Protección de Datos.
- No informar de las condiciones del contrato al destinatario del servicio.
- Recoger datos de carácter personal sin recabar el consentimiento expreso de las personas afectadas, en los casos que éste sea exigible.
Sanciones muy graves (de 300.001 a 600.000 euros)
- Recabar o recoger datos de carácter personal e información de manera fraudulenta o engañosa.
- Transferir datos de carácter personal a países que no tienen el mismo nivel de protección que España sin la previa autorización del/la director/a de la Agencia Española de Protección de Datos.
- No suspender el acceso a su web u otro servicio equivalente y el alojamiento de datos cuando le obliguen a ello el órgano pertinente.
Ahora ya sabe algunos hechos que pueden acarrear sanciones, para evitarlo, adapte su empresa o entidad a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos).